MUNUCBA 2015 Modelo Universitario ANU-AR Ciudad de Buenos Aires

  Agosto
  2015
Auspician:
Club Europeo legislatura Porteña
Reglamento del Modelo Universitario
Reglamento
De las Delegaciones

Artículo 1 - La conformación de las Delegaciones, especificando cantidad de integrantes y funciones de dichos integrantes, será anunciada previamente por el Comité Organizador.

Artículo 2 - Los Delegados deberán ser estudiantes universitarios, graduados o profesionales. Por pedido expreso podrán inscribirse alumnos del penúltimo año en adelante de Escuelas secundarias o su equivalente en otros sistemas educativos.

Artículo 3 - Aquellos Delegados que no cumplan con estos requisitos serán inmediatamente impedidos de participar en el simulacro, aunque ya se esté desarrollando el mismo, sin ningún tipo de atenuantes.

Artículo 4 - Durante el Modelo deberán observarse estrictamente las normas de protocolo diplomático, tanto en la vestimenta, como en el trato entre Delegaciones y Autoridades, y de Delegados entre sí.

Artículo 5 - Los Delegados y las Autoridades deberán tener un comportamiento adecuado, evitando toda conducta o actitud que pudiera perturbar el orden o impedir el normal desarrollo de las sesiones.

Artículo 6 - Está prohibido fumar en todos los salones donde se realiza el Modelo y durante todas las instancias del mismo. Además, no está permitido ingerir alimentos ni bebidas durante las sesiones.

Artículo 7 - Durante todas las sesiones del Modelo no estará permitido el uso de aparatos electrónicos, como ser teléfonos celulares, tabletas, computadoras, intercomunicadores o de cualquier otro tipo.

Artículo 8 - Los Delegados participantes deberán estar presentes en el órgano donde tengan representación y así acreditarlo al paso de lista por parte de la Mesa Directiva. Los Delegados que lleguen tarde deberán remitir carta a la Mesa, brindando explicaciones por la demora, requisito indispensable para ingresar al recinto.

Artículo 9 - Los Delegados no podrán tener contacto con jefes de Delegación, profesores o visitantes durante todas las instancias del Modelo.

Artículo 10 - Serán pasibles de sanción aquellas Delegaciones que:
a) Sin motivos justificables incurran en impuntualidad.
b) No concurran a alguna sesión sin motivo justificable.
c) Se ausenten sin justificativos y sin conocimiento del Comité Organizador, o no concurran a una sesión.
d) Incurran en las faltas estipuladas en los artículos 2 a 9 de este Reglamento General.
e) Incurran en incumplimiento de los Reglamentos de los Órganos que sesionan en el Modelo.

Artículo 11 - El Secretario General decidirá las sanciones correspondientes, las que podrán variar entre el quite del uso de la palabra, hasta la eventual expulsión de la Delegación.

Del Secretario General

Artículo 12 - El Secretario General es la autoridad máxima del Modelo y, como tal, será la última instancia de decisión dentro del evento.

Artículo 13 - Interpretará este reglamento y decidirá las cuestiones no previstas por el mismo (principio de clausura).

Artículo 14 - Declarará oficialmente abierto y cerrado el Modelo y hará uso de la palabra en ambas ceremonias.

Artículo 15 - Presidirá los diferentes Órganos del Modelo en caso de considerarlo necesario.

Artículo 16 - Si lo considerara, facilitará las negociaciones entre los Delegados y colaborará con ellos dentro del Modelo pudiendo intervenir activamente.

Artículo 17 - Podrá recibir, de corresponderse, a las Comisiones Redactoras de los diferentes Anteproyectos de Resolución.

Artículo 18 - Delegará sus atribuciones en ciertas Autoridades, en caso de considerarlo necesario.

Artículo 19 - Decidirá las sanciones disciplinarias a los Delegados en el caso de incumplimiento de los Reglamentos del Modelo.

Del Secretario General Adjunto

Artículo 20 - Es el principal colaborador del Secretario General; lo reemplazará en caso de que éste no pueda desempeñar sus funciones o cuando así se lo delegara el Secretario General.

Artículo 21 - Puede asesorar Delegaciones, presidir y moderar los órganos.

De la Mesa Directiva

Artículo 22 - La Mesa Directiva estará integrada por un Director de Mesa (máxima Autoridad del órgano, en ausencia de la Secretaría General) y la Presidencia.

Artículo 23 - El Comité Organizador podrá dictaminar que la Mesa Directiva únicamente esté integrada por la Presidencia, siendo sus integrantes las máximas Autoridades dentro del órgano, en ausencia de la Secretaría General.

Artículo 24 - La Mesa Directiva velará por el cumplimiento de los Reglamentos y anunciará las sanciones disciplinarias a los Delegados en el caso de incumplimiento de los mismos.

Del Director de la Mesa

Artículo 25 - El Director de la Mesa moderará los debates y guiará a la Presidencia.

Artículo 26 - El Director de la Mesa, de considerarlo necesario, podrá interrumpir la palabra de quien esté en ejercicio de la Presidencia.

De la Presidencia

Artículo 27 - La Presidencia moderará las sesiones formales.

Artículo 28 - Tendrá las atribuciones de Presidente todo aquel que esté en ejercicio de la Presidencia.

De las Delegaciones Observadoras

Artículo 29 - Las Delegaciones Observadoras tendrán voz, pero no voto.

Artículo 30 - No ubicándose en un Bloque en particular, las Delegaciones Observadoras podrán ingresar a cualquier Bloque.

Artículo 31 - Las Delegaciones Observadores deberán regirse bajo lo estipulado en los artículos 62, 63, 64 y 65 del Reglamento de la Asamblea General y/o Cumbre Especial.

De las Normas de Vestimenta

Artículo 32 - Los Delegados y las Autoridades deberán respetar a lo largo de la totalidad de las jornadas del evento las siguientes pautas de vestimenta:
  • Para hombres: deben vestir pantalón de vestir, saco, camisa, corbata y zapatos. Pelo retirado del rostro.
  • Para mujeres: las posibilidades de vestimenta formal son más amplias, pero, de todas maneras, deberán respetarse ciertas normas, como la que implica que no podrán utilizarse faldas excesivamente cortas ni polleras con tajo alto ni escotes pronunciados. Pelo retirado del rostro.
En ambos casos no se permitirán el uso de zapatillas ni jeans.

Casos de Excepción:
  • En caso de imposibilidades económicas se ruega comunicarse con el Comité Organizador, a fin de que este asesore sobre el tema y se permitan ciertas licencias bajo algunos parámetros.
  • Estará permitido utilizar la vestimenta típica de la Delegación a la que se representa, siempre y cuando se trate de vestimenta típica formal de la misma.
Consideraciones

Artículo 33 - La participación en el Modelo implica la aceptación de todos sus Reglamentos.
Imágenes de la jornada
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